Se derogó la resolución que imponía un enfoque médico y discriminatorio para evaluar pensiones por discapacidad

El martes 13 de mayo de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1172/2025 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), mediante la cual su Director Ejecutivo, Dr. Diego Spagnuolo, deroga la Resolución 187/2025.

La norma ahora anulada, aprobaba el “Baremo para la evaluación médica de invalidez de las Pensiones no Contributivas por Invalidez Laboral”, un instrumento que implicaba un grave retroceso en materia de derechos para las personas con discapacidad. Lejos de alinearse con el enfoque de derechos consagrado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), esta regulación proponía una visión centrada exclusivamente en criterios médicos, reforzando el modelo médico de la discapacidad que la Convención ha venido a superar.

Desde el Foro Permanente para la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, celebramos la derogación de esta resolución. Su contenido no solo reducía a las personas con discapacidad a una supuesta “invalidez” para el trabajo, sino que utilizaba expresiones profundamente peyorativas y discriminatorias, tales como “idiota”, “imbécil”, “débil mental” y “retrasado mental”. Que estos términos aparezcan en un documento oficial del Estado es inaceptable, y pone en evidencia cuánto falta aún para erradicar los prejuicios y las barreras actitudinales que enfrentan las personas con discapacidad en nuestro país.

De igual modo, desde el FORO seguimos viendo con preocupación que las pensiones aún se evalúan desde la incapacidad laboral y no desde la mirada social de la discapacidad. Esta perspectiva es incompatible con los principios de la CDPD y reproduce un modelo excluyente que invisibiliza las verdaderas causas de la desigualdad.

Reafirmamos una vez más que el Estado debe garantizar los derechos humanos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás, y actuar siempre conforme a los principios de la CDPD: autonomía, no discriminación, participación plena y efectiva, igualdad de oportunidades, accesibilidad y respeto por la dignidad inherente de cada persona.

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