El CUD se expedirá sin vencimiento.

A través de la Resolución 322/2023 publicada en el Boletín Oficial, la Agencia Nacional de Discapacidad estableció que los Certificados Únicos de Discapacidad “se otorgarán sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan”, tanto en su versión física como digital.

ARTÍCULO 1°.- Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, de conformidad con los lineamientos y condiciones emanados del Anexo IF-2023-23099644-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de la presente.

Leer resolución.

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