Cambios en las PNC

Decreto 843/2024: Nuevamente se establece la incompatibilidad de tener una Pensión No Contributiva y trabajo registrado. 

También establece requisitos para su tramitación y la auditoría de las PNC. A partir de este decreto, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) podrá solicitar una reevaluación a los titulares. 

Los nuevos requisitos de las pensiones no contributivas recalcan que se requiere una incapacidad laboral del 66% o superior para su cobro. Dicho porcentaje debe acreditarse con el Certificado Médico Oficial (CMO) y la documentación respaldatoria correspondiente.

El CMO debe detallar las causales de incapacidad laboral. Asimismo tiene que especificar el contexto socioeconómico del solicitante.

Este beneficio es equivalente al 70% de la jubilación mínima. Es decir, se va ajustando conforme a la movilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Acreditación de identidad y residencia

Los solicitantes de pensiones no contributivas deben acreditar su identidad, edad y nacionalidad con el Documento Nacional de Identidad (DNI). Es indispensable tener residencia en el territorio argentino.

En el caso de naturalizados se exige una residencia mínima de tres años. Sin embargo, el plazo se eleva a diez años para extranjeros. Si el solicitante es un menor de 18 años, sus padres tienen que acreditar una residencia mínima de tres años.

No tener otro ingreso

No solamente no se puede tener un trabajo formal. Tampoco es posible ser titular de una prestación contributiva ni no contributiva.

Si se trata de un menor de edad, no se pueden tener parientes obligados legalmente a brindarle alimentos. En caso de tenerlos, éstos tienen que estar imposibilitados de hacerlo.

Además no es posible contar con un pariente o cónyuge obligado de brindar atención alimentaria. De ser así, sus ingresos económicos no pueden ser suficientes para la subsistencia.

Incompatibilidad con la titularidad de bienes

Las pensiones no contributivas son incompatibles con la titularidad de bienes e ingresos. Andis establecerá los criterios socioeconómicos a evaluar para acreditar el cumplimiento del requisito.

Los beneficiarios no deben estar privados de su libertad

La normativa establece que los titulares de las PNC no pueden estar detenidos en establecimientos penitenciarios o a disposición de la justicia

Todo esto está especificado en el decreto 843/2024, firmado el viernes 20 de septiembre por el presidente de la Nación, Javier Gerardo Milei: 

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el ANEXO I del Decreto N° 432 del 15 de mayo de 1997 y sus modificatorios en lo que respecta a las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral por el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida. 

ARTÍCULO 2°.- La AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, estará facultada a dictar las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente decreto y determinará los criterios, procedimientos y documentación necesaria para el acceso y mantenimiento de las prestaciones instituidas por el artículo 9° de la Ley N° 13.478 y sus modificatorias, conforme a lo previsto por el Decreto N° 432/97 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- La Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral se encuentra sujeta a revisión y/o auditoría médica y socioeconómica, y podrá pedirse su revalidación según lo determine la Autoridad competente. Lo dispuesto en el presente artículo es aplicable a las pensiones ya otorgadas y a las que se otorguen en el futuro.

ARTÍCULO 4º.- Deróganse los Decretos Nros. 7 del 5 de enero de 2023 y 566 del 31 de octubre de 2023.

Volver