Hogares: tercera cuota subsidio COVID
Compartimos lo resuelto por el Comité Coordinador mediante Acta 926.
Otorgar una tercera cuota duplicando el monto originalmente aprobado y con el mismo destino de los fondos para los beneficiarios del Programa de Asistencia Económica a Hogares y Residencias exclusivas para personas con discapacidad, que tengan las rendiciones de cuentas aprobadas de los desembolsos anteriores.
En este link, se detallan las categorías y montos a otorgar:
IMPORTANTE
Para acceder al subsidio deberán tener presentadas y aprobadas las rendiciones de las cuotas anteriormente recibidas. Si esto no ha ocurrido, EL HOGAR debe presentar la rendición; y si ya lo hizo presentar la nota solicitud.
Por otro lado, a fin de iniciar las gestiones para el otorgamiento de la siguiente etapa, se deberá remitir la nota de solicitud, firmada por presidente de la entidad, señalando el destino de los fondos al mail programasemergencia2020@andis.gob.ar antes del 30/06/2021. Recordar que si la institución tiene un nombre de fantasía debe indicar el que figura como razón social.
Esta nueva etapa se realizará bajo el mismo número de expediente, por lo cual, indicarlo en la nota.
Ante cualquier duda o consulta se deben dirigir por mail a la ANDIS al mismo correo: programasemergencia2020@andis.gob.ar